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Contrato discográfico: qué firmás y qué no

Un contrato de sello cubre la grabación, no tus canciones. Si el papel que te dan también pide la obra, o pide la grabación para siempre, ya sabés qué preguntar.

4 min de lectura · Actualizado el 13 de septiembre de 2026

Las dos cosas que existen en un tema

Cada tema es dos derechos distintos que muchas veces se confunden. Está la obra, que es la canción escrita: letra, melodía, armonía. Y está el fonograma, que es la grabación concreta de esa canción. Son de titulares distintos, se registran en lugares distintos y generan plata por caminos distintos.

Un contrato de sello, en principio, es por el fonograma. El sello pone la plata para que esa grabación exista y a cambio la explota por un tiempo. Tu obra es otra conversación y se firma, si se firma, con una editora, en un contrato aparte.

En Zquizo Records no pedimos la obra. Queda a tu nombre y en tu sociedad de gestión, y lo que genera va directo a vos.

Licencia con plazo, no cesión para siempre

La diferencia más importante de todo el contrato está en una palabra. Una cesión transfiere la grabación al sello de manera permanente: nunca vuelve. Una licencia la presta por un plazo, y cumplido ese plazo vuelve al artista sin trámite ni pago.

Nuestro contrato es una licencia de siete años desde el lanzamiento. Es un número que vale la pena comparar con lo que te ofrezcan en otro lado, porque es exactamente el punto donde un contrato bueno se distingue de uno malo.

Mirá también qué pasa cuando el plazo se cumple: quién baja o mantiene el material en tiendas, quién conserva los archivos de la grabación y en qué formato te los entregan.

El adelanto y qué significa recuperar

El adelanto es la plata que el sello pone antes de que el disco genere nada: estudio, mezcla, mastering, arte, prensa, video y a veces algo para que vivas mientras grabás. No es un regalo ni un préstamo: es un anticipo de tu parte, que se descuenta de lo que vaya entrando.

Hasta que el adelanto se cubre, cobrás menos o no cobrás por esa vía. Cuando se cubre, empieza a correr el reparto completo. Y si nunca se cubre, esa pérdida es del sello: no te queda una deuda que pagar de tu bolsillo.

Lo que sí conviene pedir es el presupuesto abierto antes de discutir el monto. Un adelanto grande con gastos altos puede dejarte menos en la mano que uno chico y prolijo.

Las cláusulas que conviene leer dos veces

Estas son las que más veces aparecen redactadas a favor de una sola parte. Ninguna es necesariamente mala, pero todas merecen una pregunta.

  • Exclusividad: qué podés sacar por fuera, qué featuring podés hacer y con qué aviso.
  • Opción sobre discos siguientes: si el sello puede decidir solo que hay un segundo disco, y en qué condiciones.
  • Cross-collateralization: si las pérdidas de un disco se descuentan de las ganancias del siguiente. Esta es la que más duele y la que menos se explica.
  • Territorio: si el contrato es mundial o regional, y qué pasa en los mercados donde el sello no trabaja.
  • Auditoría: si podés revisar las cuentas, cada cuánto y quién paga el costo si aparece una diferencia.
  • Salida anticipada: qué pasa si el sello deja de trabajar el disco o si vos querés irte antes.

Qué hacer antes de firmar

Llevalo a un abogado que haya visto contratos de música, aunque el sello te caiga bien y aunque te parezca que no hace falta. Una consulta cuesta mucho menos que una cláusula mal leída, y un sello serio lo espera y lo agradece.

Pedí que te expliquen en castellano común cualquier párrafo que no entiendas. Si la respuesta es que es lo estándar y que no te preocupes, esa es tu señal para preocuparte.

Y no firmes en la misma reunión. Un contrato que solo sirve si lo firmás hoy no es un contrato, es una presión.

Por el equipo de Zquizo Records

En resumen

  • El contrato de sello es por la grabación; tu obra es otra cosa y no tiene por qué cederse.
  • Licencia con plazo y máster que vuelve es lo que distingue un contrato bueno de uno malo.
  • El adelanto se recupera con lo que genera tu música y nunca se convierte en deuda personal.
  • Cross-collateralization, opción sobre discos siguientes y territorio son las cláusulas que más conviene revisar.
  • Un contrato que solo sirve si lo firmás hoy es una presión, no una oferta.

Preguntas frecuentes

¿Puedo negociar un contrato de sello?

Sí, y se espera que lo hagas. El plazo, el adelanto, el territorio y la exclusividad son los puntos donde más se mueve. Un sello que no acepta ninguna modificación está diciendo algo sobre cómo trabaja.

¿Qué pasa con mis temas viejos?

En un contrato bien armado, nada: cubre lo que sacás desde la firma. Si el sello quiere incluir tu catálogo anterior, eso se negocia aparte y se paga aparte.

¿Necesito una editora además del sello?

No es obligatorio. Podés administrar tu obra vos mismo a través de tu sociedad de gestión. Una editora tiene sentido cuando hay volumen de licencias para gestionar.

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